El numeral 1 del artículo 20 del Código Penal, exime de responsabilidad al que por anomalía psíquica, grave alteración de la conciencia o por sufrir alteraciones en la percepción, que afectan gravemente su concepto de la realidad, no posea la facultad de comprender el carácter delictuoso de su acto o para determinarse según esta comprensión.
Lea también: Tres prácticas estúpidas en la docencia del derecho
Aquí trataremos principalmente de los supuestos de grave alteración de la conciencia producida por embriaguez, por ser uno de los elementos de exclusión de inimputabilidad donde se han imaginado y elaborado más casos de actio libera in causa (en adelante alic) que en ningún otro.
Debemos decir, en tal sentido, que la embriaguez preordenada al delito es el ejemplo por antonomasia de actio libera in causa, pues como se ha visto, esta figura nació precisamente para solucionar casos como estos, pudiendo distinguirse aquí perfectamente figuras de alic tanto dolosa como culposa. Así, es objeto de debate establecer si debe responder penalmente o no, aquel individuo que comete un hecho delictuoso en estado de embriaguez, pero que dicho estado ha sido buscado o provocado activamente, o bien, pudiendo haber impedido previamente que se produjera, no hizo nada para evitarlo.
Lea también: Locuciones latinas y aforismos usados por ilustres juristas en sus principales obras
Una respuesta apresurada sería decir que es evidente que el sujeto debe ser castigado, puesto que en el caso de alic dolosa, el resultado se produjo de acuerdo con la realización del plan del autor, mientras que en la alic culposa [se produjo] debido a su actuar imprudente anterior a la conducta típica.
Lea también: El abogado gritón
Sin embargo, debemos tener en cuenta que al momento de realizar la acción, el sujeto era inimputable y carecía de sus facultades para comprender la antijuridicidad del acto. En este sentido, podemos apuntar que resulta irrelevante que el sujeto haya preordenado la situación de incapacidad, pues al último no comprendía el carácter ilícito de sus actos y bien pudo o no alcanzar el resultado que deseó en un primer momento, ya que finalmente le resulta imposible controlar el peligro por él creado[1].
Lea también: Tres prácticas estúpidas en la docencia del derecho
De este razonamiento, surge la interrogante de cuál es la acción que debe ser desvalorada por el juzgador, y sobre la cual se van a predicar los demás componentes que integran el delito, pues si es la acción típica –la que indudablemente se exige que sea– no tiene sentido hablar de lo que el sujeto hizo anteriormente, por más reprobable que esto sea; no obstante, si el desvalor de la acción recae sobre la actio praecedens, la acción típica podrá conectarse en relación causal con aquella, y se podrá realizar el juicio negativo del desvalor de resultado; no obstante que se presentan graves problemas para estructurar legítimamente el delito, pues se vulnera el principio de culpabilidad y se considera como actos ejecutivos los que no lo son, posibilitando de tal forma la creación de estructuras delictivas análogas, las cuáles se encuentran proscritas por nuestro sistema penal.
Lea también: Jeremy Bentham: «El common law es ‘derecho para perros’».
Bonus track: Orígenes de la «actio libera in causa»
Los orígenes de la actio libera in causa (alic) se remontan a la edad media, y se circunscribía únicamente a los casos de embriaguez voluntaria. Así, los canonistas distinguieron entre la embriaguez voluntaria de la que resultaba involuntaria. Esta última si era completa (intoxicación plena) excluía cualquier grado de responsabilidad, y si era incompleta disminuía la pena. Sin embargo, para los canonistas y los clásicos la sola embriaguez era ya punible. Recordemos el famoso caso de Lot, narrado por el Génesis; como se sabe, Lot estando embriagado mantiene acceso carnal con sus hijas, sin tener conocimiento de ello, la cuestión que se planteaba entonces era saber si en casos similares, el agente debería responder por el hecho cometido en tal estado, o por el mero hecho de embriagarse.
Lea también: ¿Puede el juez ordenar al condenado leer un libro como regla de conducta?
Mientras el Derecho Romano veía en la embriaguez una forma de ímpetu delictivo y sólo le reconocía poder atenuante, el Derecho de la Iglesia admitió que la ebriedad privaba de la conciencia de la criminosidad de los actos y que si existía culpa en el hecho de embriagarse, debía castigarse este hecho y no el ocurrido en tal estado. Teólogos como San Agustín y Santo Tomás por ejemplo castigaban la embriaguez misma y no los hechos realizados por los ebrios
[1] Sería como perseguir a una persona por un hecho que si bien planeó e imaginó, no lo recuerda y no sabe cómo sucedió. Tal caso es sólo comparable al creado por Franz Kafka en El Proceso, en el que un hombre es detenido, procesado y condenado sin enterarse por qué delito.
[Fuente: Este fragmento pertenece al artículo titulado «La doctrina de la actio libera in causa y su aplicación en el derecho peruano» del fiscal Roberto Carlos Reynaldi Román y cuya versión en PDF pueden leer aquí.]


![Usurpación de funciones: La devolución de un vehículo al imputado requiere justificación, por lo que solo puede hacerse mediante una disposición (y no una providencia) que emite el fiscal provincial (y no el adjunto) [Apelación 379-2024, Cañete]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-FIRMANDO-DOCUMENTO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Máxima de la experiencia: la habilitación digital de firmas conlleva a la instalación y proporcionamiento de un software a cada funcionario, para que no necesariamente realice la firma digital desde su computadora institucional, sino desde cualquier forma remota, esto con el fin de dotar de eficiencia, rapidez y operatividad a la labor funcionarial [Apelación 379-2024, Cañete]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-BALANZA-MAZO-CUADERNO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![En los Estados que no han abolido la pena de muerte, su aplicación se limita por tres criterios: (i) estricto respeto de garantías procesales, (ii) restricción a los delitos comunes más graves y (iii) consideración de circunstancias personales que puedan excluirla [OC-3/83, f. j. 55]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/Corte-IDH-LPDerecho-218x150.jpg)
![Las horas extras se consideran tácitamente autorizadas —sin necesidad de disposición expresa del empleador— cuando se acredita la prestación de labores más allá de la jornada establecida, lo cual genera derecho a su pago, salvo que el empleador demuestre que no existió labor efectiva [Casación 6802-2015, Lima, ff. jj. 6, 9]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-morado-LPDERECHO-218x150.png)
![Indecopi multa a Apuesta Total por poner restricciones a usuario que apostaba montos elevados y tenía resultados exitosos [Resolución Final 1583-2026/CC2]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/fachada-indecopi-10-anos-LPDerecho-218x150.jpg)
![No impide la inscripción de independización de un predio que forma parte de uno de mayor extensión, que la Oficina de Catastro informe que está imposibilitada de establecer que el área a independizar al que se refiere la rotatoria afecte áreas de predio a colindantes [Res. 2032-2026-SUNARP-TR]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/01/casa-propiedad-terreno-predio-renta-LPDerecho-218x150.png)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)








![[VIVO] Clase modelo sobre inexistencia, invalidez e ineficacia del acto jurídico. Llena el formulario para recibir las diapositivas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/CLASE-MODELO-MIGUEL-ANGEL-PEREZ_Inexistencia-invalidez-e-ineficacia-del-acto-juridico-218x150.jpg)


![La Primera Sala Constitucional de Lima ampara demanda de Fiscales sobre sus remuneraciones y devengados declarando el Estado de Cosas Inconstitucional para que se aplique a todos, y se cumpla bajo severo apercibimiento de destitución [Exp. 21147-2012-0-1801]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-BALANZA-LIBROS-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Declaran el 11 de junio de cada año «Día Nacional del Vino Peruano» [RM 000136-2026-Produce]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Vino-peruano-LPDerecho-218x150.jpg)
![Conforme a la «Ley especial de la materia»; Los jefes de equipo en empresas del Estado deben ser considerados bajo el impedimento Tipo 1.D si ejercen poder de dirección o decisión [Opinión D000023-2026-OECE-DTN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/OECE-FACHADA-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Reglamento de la Ley 32069, Ley General de Contrataciones Públicas [DS 009-2025-EF] (actualizado 2026)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/2025-LEY-32069-LIBRO-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)










![Quince años cárcel para Gral. del Ejército por el delito de asesinato en agravio de 41 pobladores en comunidad de Ayacucho [Expediente 00016-2013-0-5001-JR-PE-02]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/balanza-abogado-juez-justicia-defensa-LPDerecho-218x150.jpg)


![En los Estados que no han abolido la pena de muerte, su aplicación se limita por tres criterios: (i) estricto respeto de garantías procesales, (ii) restricción a los delitos comunes más graves y (iii) consideración de circunstancias personales que puedan excluirla [OC-3/83, f. j. 55]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/Corte-IDH-LPDerecho-100x70.jpg)
![Las horas extras se consideran tácitamente autorizadas —sin necesidad de disposición expresa del empleador— cuando se acredita la prestación de labores más allá de la jornada establecida, lo cual genera derecho a su pago, salvo que el empleador demuestre que no existió labor efectiva [Casación 6802-2015, Lima, ff. jj. 6, 9]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-morado-LPDERECHO-100x70.png)

![Indecopi multa a Apuesta Total por poner restricciones a usuario que apostaba montos elevados y tenía resultados exitosos [Resolución Final 1583-2026/CC2]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/fachada-indecopi-10-anos-LPDerecho-100x70.jpg)

![Tres supuestos en los que la prueba de cargo resulta lesiva del derecho a la presunción de inocencia y es la Sala quien puede examinar su valoración (España) [STSJ CAT 879/2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/mazo-juez-abogado-civil-corte-sentencia-juicio-penal-LPDerecho-324x160.jpg)